PRUEBA para la obtención directa del certificado de superación de las ENSEÑANZAS ELEMENTALES de Música
RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2026, de la Dirección General de Ordenación Educativa, por la cual se convocan las pruebas para la obtención directa de los Certificados de Enseñanzas Elementales de Música y de Danza correspondientes en 2026 y se dictan instrucciones para su realización.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES
Podrá presentarse a las pruebas para la obtención directa del certificado de enseñanzas elementales de Música todo el alumnado que no haya concluido las enseñanzas elementales de Música, habiendo cursado parte de ellas; así como aquellas personas que aspiren a obtener el Certificado de Enseñanzas Elementales de Música, con independencia de su edad.
Quienes hayan iniciado estudios reglados en las enseñanzas elementales y deseen presentarse a las pruebas deberán formalizar la solicitud de inscripción en el conservatorio donde se encuentre su expediente académico. A efectos de poder realizar estas pruebas en otro centro, el centro de destino solicitará el traslado de expediente al centro de origen.
Las personas que no hayan cursado enseñanzas elementales de Música de carácter reglado podrán inscribirse para la realización de la prueba en cualquiera de los conservatorios públicos elementales y profesionales que impartan las enseñanzas elementales de Música. El conservatorio en el que se solicite realizar la prueba procederá a la apertura de un expediente académico personal que le permita realizar la prueba de obtención directa del Certificado de Enseñanzas Elementales.
ESTRUCTURA DE LA PRUEBA
La prueba específica constará de dos apartados: práctica instrumental y ejercicios de capacidades teórico-prácticas específicas, organizados del modo siguiente:
- a) Práctica instrumental.
a.1) Interpretación instrumental. La persona aspirante deberá presentar un programa de tres obras o movimientos de diferente estilo, con un nivel igual o superior al establecido como final del cuarto curso de enseñanzas elementales de la especialidad correspondiente. El tribunal determinará las partes o fragmentos que se interpretarán. Se valorará la interpretación de memoria. En la especialidad de percusión, las tres obras deberán ser necesariamente para marimba o xilófono, caja y timbales, respectivamente. Los centros deberán publicar, durante el primer trimestre del curso académico, los contenidos mínimos exigidos para superar la prueba específica, así como un listado orientativo de obras de referencia.
a.2) Lectura a primera vista. Consistirá en la interpretación de un fragmento a primera vista cuyo contenido no será superior al nivel fijado como final del cuarto curso de enseñanzas elementales de la especialidad correspondiente
- b) Ejercicios de capacidades teórico-prácticas del lenguaje musical. Comprenderán los ejercicios correspondientes a la asignatura de lenguaje musical del cuarto curso de enseñanzas elementales
CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
- CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
2. Calificación y ponderación: La ponderación de los diferentes apartados y subapartados será la siguiente:
a) Práctica instrumental: ponderará un 60 % de la nota final de la prueba.
a.1 Interpretación Instrumental: representará el 70 % de la calificación del apartado a).
Para que esta ponderación sea aplicada, será imprescindible obtener una puntuación mínima de 5 sobre 10 en este subapartado.a.2
Primera vista: se valorará un 30 % sobre la nota de la parte a).
Será necesario obtener una nota mínima de 4 sobre 10 en este subapartado para realizar la ponderación.
b) Ejercicios de capacidades teórico-prácticas del lenguaje musical: la media aritmética de los distintos ejercicios representará el 40 % de la calificación final de la prueba. Para que dicha media pueda ser calculada, será imprescindible obtener una puntuación mínima de 4 sobre 10 en cada uno de los subapartados.
Las puntuaciones definitivas de cada participante se expresarán en una escala numérica de 0 a 10, con un máximo de un decimal. Para considerar superada la prueba, será necesario obtener una calificación global mínima de 5 en cada uno de los apartados a) y b), los cuales tendrán carácter eliminatorio
CONVOCATORIA 2026
Desde el 22 de mayo hasta el 5 de junio de 2026. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 5 de junio
Las solicitudes se presentaran, exclusivamente, mediante el trámite denominado “SOLICITUD GENERAL” del catalogo de servicios de la SEDE ELECTRÓNICA del ayuntamiento de Benidorm. A este trámite deberá adjuntarse la siguiente documentación:
- SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.
- DNI del solicitante; y de los padres o tutores legales en caso de tratarse de un/una menor.
- Justificación del pago de la tasa de la prueba (56,20 €) y de apertura de expediente si procede (25,98 €).Podrá gestionar el pago de estas tasas en la sede electrónica del Ayuntamiento de Benidorm, mediante autoliquidación (ORD 35). Para justificar el pago deberá enviarnos:
- Carta de pago, modelo 054.
- Justificante de pago emitido por la plataforma. No se admitirán capturas de pantalla del proceso de pago