Ayudas al transporte universitario no asociativo

Ayuda para el transporte universitario NO asociativo Curso 2021-2022
- Objeto de la ayuda
Desplazamiento de estudiantes universitarios en tren o autobús, desde Benidorm a los centros de enseñanza superior de universidades públicas cuyas sedes centrales se ubiquen en las provincias de Alicante o Valencia, de octubre de 2021 a junio de 2022.
- Requisitos
- Estar empadronado/a en Benidorm antes del 1 de enero de 2021.
- Estar matriculado/a en alguno de los estudios de las enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior conducentes a títulos oficiales de Grado.
- Tramitar correctamente la solicitud y documentación de la ayuda en formato pdf.
- Plazo de solicitud
Del 1 de julio a las 9:00h al 31 de julio de 2022
- Forma de presentación
A través de la sede electrónica del ayuntamiento de Benidorm, sede.benidorm.org, realizando la tramitación dispuesta para la convocatoria en el Catálogo de Servicios. Se incluirá la documentación en formato pdf.
- Documentación
- Solicitud debidamente cumplimentada a través de la sede electrónica.
- Copia del DNI/NIE del solicitante.
- Código IBAN Cuenta Cliente del Banco o Caja del solicitante donde figure como titular o autorizado. Si no fuese titular de la cuenta bancaria el solicitante, deberá aportar fotocopia del DNI/NIF/NIE del titular.
- Copia oficial de la matrícula de la universidad, con expresión del curso 2021-2022.
- Copia del justificante bancario acreditativo del pago de la totalidad de la matrícula. En caso de ser beneficiario/a de exención de pago de matrícula, aportar copia del justificante de la resolución de la beca obtenida.
- Copia de billetes o bonos del medio de transporte utilizado (autobús o tren) comprendidos entre los meses de octubre 2021 a junio de 2022 (ambos periodos inclusive) donde consten, de forma legible, los datos siguientes: nombre, apellidos y DNI/NIE del estudiante, la fecha del billete o del bono, precio, origen y destino. En todo caso los billetes o bonos deben acreditar su pago por el solicitante.
- Cuantía y pago de la ayuda
La cuantía de la ayuda individual no podrá superar el 50% del total de los gastos justificados. Una vez concedida, se procederá a su pago, mediante ingreso en la entidad bancaria indicada por la persona beneficiaria.
- Compatibilidad
Las ayudas de esta convocatoria son incompatibles con cualesquier otras que puedan obtenerse para la finalidad de transporte de otras administraciones Públicas o privadas. Asimismo, serán incompatibles con las ayudas del Ministerio de Educación o la Generalitat Valenciana ligadas al concepto de residencia o becas salario.