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Este órgano, previsto en el documento aprobado el pasado 17 de marzo, se reunirá como mínimo una vez cada 6 meses

Designada la comisión técnica para el cumplimiento del acuerdo del APR-7 firmado por Ayuntamiento y propietarios

31 Marzo 2026
Designada la comisión técnica para el cumplimiento del acuerdo del APR-7 firmado por Ayuntamiento y propietarios

El Ayuntamiento de Benidorm sigue dando pasos administrativos para dar cumplimiento a la sentencia 343/2024 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) en relación al suelo del APR-7 de Serra Gelada.

Después de que el pasado 18 de marzo el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Alicante homologara el acuerdo extrajudicial alcanzado por el Ayuntamiento y los propietarios de los terrenos, hoy se ha designado a las personas que integrarán la comisión de seguimiento para el cumplimiento de lo establecido en el documento firmado por las partes. 

En una Junta de Portavoces convocada hoy por el alcalde, Toni Pérez, se ha dado cuenta a los grupos de la Corporación del decreto en el que se recoge el nombramiento de los representantes de cada una de las partes y se aprueba la composición de dicha comisión. 

Tal y como ha recalcado el alcalde, “se trata de una comisión 100% técnica” y de la que participarán, como representantes del Ayuntamiento, el secretario e interventora municipales y un letrado de la Asesoría Jurídica. Por parte de la propiedad se ha designado a dos representantes. 

Según se establecía en el acuerdo alcanzado por el Ayuntamiento y los propietarios del suelo, la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Colaboración se reunirá como mínimo una vez cada 6 meses. 

Contenido del acuerdo
Como ya detalló semanas atrás el alcalde en rueda de prensa, para hacer frente al pago de la cuantía de 283 millones de euros más los intereses legales establecida por el TSJ, el acuerdo contempla una doble modalidad de pago: en metálico y en terrenos. 

Por lo que se refiere al pago en dinero, se plantea un pago inicial de 60 millones de euros antes del 31 de diciembre de 2026. A partir de ahí, se abrirá un periodo de carencia del principal de la deuda hasta el 31 de diciembre de 2030, plazo durante el cual el Ayuntamiento podrá o no amortizar parte del principal.

A partir del 1 de enero de 2031, se iniciará el periodo de amortización obligatoria para el Ayuntamiento, que se comprometerá a amortizar anualmente el principal de la deuda, además de los intereses que correspondan, abonando a los propietarios anualmente, y hasta la cancelación total de la deuda, una cantidad económica que no podrá ser inferior al 8% de los recursos corrientes ordinarios previstos en el estado de ingresos del presupuesto municipal de cada ejercicio.

Por lo que se refiere al pago mediante la cesión de terrenos, el acuerdo contempla también dos modalidades de dación en pago. Por un lado, la destinada a la amortización de los intereses generados hasta la fecha de la firma del acuerdo, que será de obligada aceptación y adquisición por parte de los propietarios. Es decir, se plantea abonar una cuantía de 67.386.655,89 de euros, a satisfacer por el Ayuntamiento durante un plazo de 5 años, mediante daciones en pago de terrenos con aprovechamiento urbanístico directamente materializable en suelo urbano que cuente con la condición de solar inmediatamente edificable, libre de cualquier carga de urbanización.

Estas daciones en pago propuestas deberán ser obligatoriamente aceptadas por los propietarios, señalando el Consistorio que los terrenos se ubicarán en ámbitos urbanísticos del Sector PP2/1, Sector Murtal 2, PP Ensanche Levante, PAU 1 y/o cualquier otro suelo que tenga el carácter de solar edificable de uso residencial en su modalidad de plurifamiliar que actualmente no se encuentre así previsto en el PGOU de 1990, con un valor de canje del aprovechamiento que no podrá ser superior al justiprecio, conforme a lo que establece la ley. Es decir, en base a la propuesta municipal la propiedad asumiría obligatoriamente casi 70.000.000 € en terrenos durante 5 años a precio de mercado (justiprecio), con tasaciones actualizadas en el momento del ofrecimiento por parte del Ayuntamiento, ciñéndose por tanto al valor real y actualizado del suelo en cada momento.

Además de este pago en especie del importe correspondiente a los intereses, el acuerdo municipal también plantea la posibilidad de realizar sucesivas daciones en pago destinadas a la reducción de la deuda (principal más intereses que se devenguen después del 1 de enero de 2027), mediante la cesión acordada de terrenos de titularidad municipal. En este caso, a diferencia de la anterior propuesta, su aceptación no será obligatoria por parte de la propiedad.