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Transparencia (Normativa)

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, en adelante LTAI, tiene tres objetivos fundamentales:

  • 1.- Incrementar y reforzar la transparencia en la actividad pública, que se articula a través de obligaciones de publicidad activa para todas las Administraciones y Entidades Públicas.
  • 2.- Reconocer y garantizar el acceso a la información, regulado como un derecho de amplio ámbito subjetivo y objetivo.
  • 3.- Establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias jurídicas derivadas de su incumplimiento.

En cuanto al segundo de los objetivos indicar que La Ley establece que todas las personas tienen derecho de acceso a la información pública que no esté cubierta por las excepciones previstas por la ley y que se podrá solicitar sin necesidad de motivación ninguna y define la información pública como todos los contenidos o documentos cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de alguno de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley, y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ámbito de sus funciones. Todo ello a través de un procedimiento que contenga una tramitación breve clara y comprensible

¿En qué momento se puede ejercer este derecho? A partir del día 10 de diciembre de 2014

¿Qué ocurre si mi solicitud entró antes de esa fecha? Se regirá por lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 30/1992; de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (LRAPyPAC)

¿Quién puede ejercer este derecho? Todas las personas físicas y jurídicas sin importar su nacionalidad, vecindad en el municipio o si ostentan la condición de interesados.

¿A qué documentos se pueden tener acceso? A todos los documentos cualesquiera que sea su formato o soporte que obre en poder del Ayuntamiento independientemente de quién la haya elaborado.

¿Qué coste tiene para el ciudadano? El acceso a la información será gratuito. No obstante en el caso de que la información implique la expedición de copias, la transformación a formatos diferentes al original en que se contenga la información, se establecerá el pago de tasas que se encuentren incluidas en las Ordenanzas Fiscales.

¿Qué materias se encuentran excluidas? Las materias comprendidas en los artículos 14 y 15 de la LTAI, siempre que de la ponderación de los intereses en juego, el de la transparencia y el del perjuicio que se le irroga a las materias excepcionadas, prevalezca este último.

Procedimiento:

  • Iniciación: Por solicitud dirigida al órgano al que posee la información a través de cualesquiera de los medios admitidos en derecho
  • Motivación: El peticionario no está obligado a motivar su petición.
  • Tramitación: La solicitud se tramitará en el plazo de un mes a contar a partir de la recepción por el órgano competente, ampliable a otro mes previa notificación al interesado.
  • Terminación:
    • Por inadmisión a trámite por cualquiera de las causas del artículo 18 de la LTAI,
    • Por resolución que puede ser estimatoria o desestimatoria
    • Por silencio y en este caso se entiende que la solicitud se ha desestimado

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