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Las peñas no asociadas deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana

14 Septiembre 2018
Las peñas no asociadas deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Valenciana

El Ayuntamiento de Benidorm ha dictado un bando de cara a las próximas Fiestas Mayores Patronales de noviembre en el que se regula los requisitos y obligaciones que deberán cumplir las peñas que dispongan de local para estos días festivos. El concejal de Fiestas, Jesús Carrobles, ha recordado que, al igual que en años anteriores, “la normativa autonómica marca que los locales de las peñas están considerados Sedes Festeras del tipo B no permanente” en base al Decreto 28/2011, de 18 de marzo. Para la apertura de un local festero o sede de una peña será preciso notificarlo a la Concejalía de Seguridad Ciudadana antes del 2 de noviembre mediante el Boletín de solicitud de Sede Festera tipo B.

 

Estos locales deben reunir, al menos, “unas buenas condiciones de habitabilidad y disponer de luz eléctrica, aseos ordinarios o ecológicos y agua corriente”.

 

Pero además, para las Fiestas de 2018 “las peñas que no formen parte de l’Associació de Penyes ‘Verge del Sofratge’ deberán cumplir una serie de parámetros que hasta ahora no se habían exigido”. Los más importantes, ha indicado el edil, son “estar constituidas legalmente, con su correspondiente CIF, y estar dadas de alta en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana”. Carrobles ha indicado que estas peñas también deberán aportar el listado nominativo de todos sus integrantes con sus correspondientes DNI, la póliza y recibo actualizado del Seguro de Responsabilidad Civil y un croquis detallado del local. Además, los menores que formen parte de una peña en la que no estén integrados sus padres deberán aportar la autorización del padre/madreo o tutor/a para pertenecer a la misma.