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Esta convocatoria está dotada con 3 millones de euros procedentes del presupuesto municipal y prevé ayudas de hasta 90.000 euros

El sector alojativo de Benidorm podrá solicitar a partir del martes la nueva línea de ayudas frente a la Covid-19

08 Junio 2021
El sector alojativo de Benidorm podrá solicitar a partir del martes la nueva línea de ayudas frente a la Covid-19

Están dirigidas a hoteles, campings, pensiones, hostales, bloques de apartamentos y empresas gestoras

El sector alojativo de Benidorm podrá solicitar a partir del próximo martes, 15 de junio, a las 09.00 horas, las nuevas ayudas diseñadas por el Ayuntamiento de Benidorm para paliar los efectos de la Covid-19. El alcalde, Toni Pérez, ha señalado que “estas ayudas están dirigidas exclusivamente, y con independencia del número de trabajadores, a hoteles, campings, pensiones, hostales, bloques de apartamentos y empresas gestoras de Benidorm; un sector clave en la industria turística y que hasta la fecha prácticamente no ha recibido apoyo económico al haber quedado excluido de la gran mayoría de las diferentes convocatorias de ayudas lanzadas por las diferentes administraciones supramunicipales”. 
Toni Pérez ha incidido en que “con esta línea de ayudas a la que destinamos 3 millones de euros procedentes íntegramente del presupuesto municipal, queremos corregir esta situación e inyectar recursos a las empresas y establecimientos del sector alojativo que, en muchos casos, 15 meses después de declararse la pandemia todavía no han podido retomar su actividad”. “La situación tampoco es mejor para los establecimientos que sí han reabierto sus puertas o que no llegaron a cerrarlas durante la pandemia y por ello es necesario respaldarles para que puedan recuperar cuanto antes los niveles de generación de empleo y de redistribución de riqueza”, ha apuntado. 
El alcalde ha concretado que el importe de estas ayudas “van desde los 1.000 a los 90.000 euros en función de la categoría y número de habitaciones o apartamentos del establecimiento”. Todos los detalles sobre la cuantía de las ayudas, requisitos y documentación a aportar están recogidos en las bases de la convocatoria, publicadas hoy en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP). 
Las bases pueden consultarse en la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sede.benidorm.org) y también en la Base Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/568074).
Las solicitudes deberán tramitarse a través de la Sede Electrónica, desde las 09.00 horas del martes día 15 hasta las 23.59 horas del 29 de junio. 
Toni Pérez ha indicado que “el plazo de presentación se inicia la próxima semana, a los cinco días hábiles desde la publicación de las bases en el BOP para que los posibles beneficiarios dispongan de tiempo suficiente para recopilar toda la documentación y formalicen así una única solicitud, evitando las duplicidades de expedientes para agilizar su evaluación y resolución”. 
Cuantía de las ayudas
Las bases de las ayudas al sector alojativo establecen unos tramos de ayudas en función del tipo de alojamiento, categoría del establecimiento y número de plazas. 
1. Hoteles 5 estrellas: 210 euros por habitación hasta un máximo de 35.000 euros.
2. Hoteles 4 estrellas: 135 euros por habitación con los siguientes límites máximos:
a) Hoteles de hasta 500 habitaciones: 30.000 euros.
b) Hoteles de más de 500 habitaciones: 60.000 euros.
c) Hoteles de más de 700 habitaciones: 90.000 euros.
3. Hoteles 3 estrellas: 135 euros por habitación hasta un máximo de 16.000 euros.
4. Hoteles de 2 y 1 estrellas: 50 euros por habitación hasta un máximo de 5.000 euros.
5. Hostales y pensiones: 20 euros por habitación hasta un máximo de 1.600 euros.
6. Campings:
a) De hasta 500,00 plazas: hasta un máximo de 3.000 euros
b) De 501 a 1.000 plazas: hasta un máximo de 7.000 euros.
c) De más de 1.000 plazas: hasta un máximo de 11.000 euros.
7. Bloques de apartamentos turísticos:
a) De hasta 50 unidades alojativas: hasta un máximo de 2.500 euros
b) De 51 a 100 unidades alojativas: hasta un máximo de 5.000 euros.
c) De más de 100 unidades alojativas: hasta un máximo de 8.000 euros.
8. Empresas gestoras de viviendas turísticas cuya capacidad alojativa sea:
a) De hasta 500 plazas: hasta un máximo de 1.000 euros.
b) De más de 500 plazas: hasta un máximo de 1.800 euros.

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