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Bienestar Social reserva 90.000 euros para estas subvenciones, que serán como máximo de 12.000 euros por asociación

Benidorm aprueba las bases de las ayudas dirigidas a entidades

10 Agosto 2020
Benidorm aprueba las bases de las ayudas dirigidas a entidades

Un año más la Concejalía de Bienestar Social convoca una línea de subvenciones para asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que trabajan en el ámbito sociosanitario, de la igualdad y de la diversidad funcional. La edil del área, Ángela Llorca, ha informado que “hoy hemos aprobado en Junta de Gobierno Local las bases que regulan estas ayudas, con las que desde el Ayuntamiento pretendemos seguir apoyando a las asociaciones sociales de Benidorm que trabajan por la integración y por la mejora de la calidad de vida de las personas o colectivos más desfavorecidos o que precisan de una atención especial”.

Llorca ha indicado que “estas subvenciones que siguen la línea de años anteriores” y “se podrán solicitar en cuanto la convocatoria y las bases se publiquen en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP)”. A partir de ese momento, las entidades “tendrán un plazo de 30 días naturales para presentar su solicitud”.

Junto con las bases se ha aprobado también hoy un gasto de 90.000 euros para atender estas subvenciones, que serán de un máximo de 12.000 euros por entidad.

La concejala de Bienestar Social que las ayudas “están dirigidas a las entidades que realizan actuaciones de carácter terapéutico o rehabilitador, de intervención social, o que ofrecen tratamientos psicológicos a víctimas de cualquier tipo de violencia o abusos sexuales”.  Estas entidades “deberán haber iniciado las actividades para las que se pide la subvención al menos seis meses antes de la publicación de las bases”, y las mismas deben desarrollarse o haberse desarrollado entre el 1 de noviembre de 2019 y el 30 de octubre de este año”.

En cuanto a los requisitos, las entidades tendrán que: estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Benidorm como mínimo seis meses antes de la publicación de las bases; disponer de sede social estable, activa y abierta al público con horario de atención demostrable en el municipio o atender en otra localidad a población empadronada y residente en Benidorm; y realizar actividades orientadas a mejorar la calidad de vida de las personas afectadas.

Una vez publicadas en el BOP, las bases, todos los requisitos y la documentación a aportar podrán consultarse en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica municipal y en la web www.benidorm.org. La tramitación de esta subvención deberá realizarse a través de la Sede Electrónica municipal (https://sede.benidorm.org).